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viernes 11 de diciembre de 2009

el ministerio de educacion firma un convenio con microsoft

La secretaria de Estado de Educación, Eva Almunia, y la presidenta de Microsoft España, María Garaña, han firmado un acuerdo por el que entablan una amplia línea de colaboración en el marco del programa Escuela 2.0, persiguiendo el objetivo común de aplicar la innovación al ámbito educativo. Este convenio se aplicará en primer lugar en los centros de Ceuta y Melilla entre este curso y el próximo.

El Ministerio mantendrá la ‘neutralidad tecnológica’ ya que los gobiernos autónomos podrán elegir el software que más les favorezca. Microsoft ofrece un paquete que no sólo cuenta con el equipamiento tecnológico necesario, sino que además incluye los recursos necesarios para la formación de los docentes, pieza fundamental para el buen funcionamiento de este programa a un precio especial (7-8 euros anuales por alumno). “En educación, todos los convenios son posibles y necesarios”, puntualiza Almunia.

Además, el BOE regulará la concesión de un distintivo de calidad para aquellas empresas TIC comprometidas con Escuela 2.0, lo que garantizará la optimización de los recursos que se introduzcan en el programa educativo.

La intención de las dos partes firmantes es llevar a cabo proyectos y experiencias innovadoras en el entorno educativo. Para ello, Microsoft brinda al Ministerio los recursos y conocimientos sobre los proyectos de ‘Escuelas innovadoras’ o ‘Aulas del futuro’. “Por primera vez desde el sur de Europa estamos marcando un hito en el desarrollo de las TIC. Escuela 2.0 ya es un modelo a seguir para países como Alemania”, afirma la secretaria de Estado de Educación. Por su parte, la presidenta de Microsoft España aseguraba que “hoy en día nadie se plantea si es bueno o no tener un ordenador, por eso para los niños es un paso natural aprender su uso en el colegio”.

Este convenio sienta las bases para la cooperación de ambas entidades en las CCAA que deseen suscribirse al proyecto. Cada comunidad actuará según su criterio y su ritmo de adaptación al programa educacional.

Visita www.educaccion.es
Más información en el 91 648 23 53, en info@educaccion.es, www.educaccion.tel y en www.educaccion.es,

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y www.tirolina.net

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miércoles 7 de octubre de 2009

convocatoria de subvenciones para sindicatos de docentes

El pasado 6 de octubre de 2009 fue publicada en el BOE:

Orden EDU/2700/2009, de 24 de septiembre, por la que se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones a organizaciones sindicales representativas del personal funcionario docente de los centros públicos de enseñanza no universitaria.

El objeto de estas subvenciones será apoyar la participación de las Organizaciones Sindicales representantes del personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, en todos los grupos de trabajo, mesas técnicas y cualesquiera otros foros de negociación que se establezcan.

Podrán solicitar la subvención por una sola vez para el año 2009, con cargo a la aplicación 18.01. 324N. 485 del presupuesto del Departamento, las organizaciones sindicales que de acuerdo con lo previsto en los art. 6.1, 7.1 y 7.2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, sean representativas del personal funcionario docente de los Centros públicos de Enseñanza no Universitaria.

 Las organizaciones sindicales que opten a esta subvención deberán presentar sus solicitudes conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dirigidas a la Subsecretaría del Departamento en el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Las peticiones se formalizarán en el modelo de solicitud adjunto como Anexo en la publicación del BOE, al que deberá acompañarse una Memoria explicativa de las actividades desarrolladas o a desarrollar en relación con la negociación colectiva de los funcionarios docentes de los centros docentes públicos no universitarios durante el año 2009 detallando dichas actividades, objetivos que se pretenden, duración prevista y presupuesto de ingresos y gastos de las mismas.

Las organizaciones sindicales legitimadas para optar a la subvención deberán presentar la solicitud a nombre de la candidatura mediante la cual obtuvieron representantes en las elecciones a órganos de representación.
No podrán ser beneficiarias de la subvención, aquellas organizaciones sindicales que se encuentren incursas en las prohibiciones señaladas en el art. 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y tendrá efectos durante el ejercicio económico de 2009.

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