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martes 19 de enero de 2010

copiar un examen no es motivo de expulsión

Si el profesor pilla a un alumno copiando en un examen ya no será motivo de expulsión del aula. La Universidad de Sevilla ha aprobado una normativa pionera en España que permitirá que el estudiante termine la prueba.

Esta nueva regulación, aprobada durante el mes de septiembre de 2009 y puesta en vigor para este nuevo curso, garantizará que el alumno termine el examen aunque sea sorprendido copiando de una chuleta, de otro compañero o incluso de algún otro instrumento, como un móvil.

Supone una respuesta a la falta de regulación en este tipo de situaciones, ya que los profesores actuaban según su criterio personal y no basándose en unas normas.

Además, se establece una Comisión de Docencia para que acudan todos aquellos alumnos que hayan copiado o que opinen que no existen pruebas suficientes para incriminarlos.

Otro aspecto de la normativa es que ya no se podrá suspender a los alumnos que no acudan a clase aunque se les gratificará si lo hacen.

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Más información en el 91 648 23 53, en info@educaccion.es, www.educaccion.tel y en www.educaccion.es,

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miércoles 11 de noviembre de 2009

La justicia andaluza permite la segregación por sexos en las aulas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) permitirá, hasta que emita una sentencia definitiva, que siete colegios católicos concertados de Sevilla continúen separando por sexos a sus alumnos. La Consejería de Educación había ordenado retirarles la subvención el próximo curso si no pasaban a ser mixtos.

Victoriano Valpuesta uno de los tres magistrados, junto a Eloy Méndez y Guillermo del Pino, que firman el auto que deja en suspenso la decisión de la Junta ya había parado el primer intento andaluz de evitar la separación por sexos, iniciado hace 10 años. Valpuesta, quien también permitió la objeción a la asignatura Educación para la Ciudadanía, tumbó hace tres años esa orden.

La Junta inició el segundo movimiento tras la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica de Educación, que prohíbe la discriminación por sexos (artículo 84.3), y de una sentencia del Tribunal Supremo, ante un recurso de Castilla-La Mancha, que autoriza a las comunidades autónomas a negar dinero público a los centros segregadores.

Los colegios católicos se mostraron satisfechos por la decisión del TSJA y abogaron por pactar una solución negociada.

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